De acuerdo a las definiciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la violencia contra la mujer es “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”.

Redacción INSUMISAS

 

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece un conjunto de modalidades o ámbitos donde se presenta la violencia de género, pero desafortunadamente sólo tres de los diferentes tipos de violencia son claros y mayormente identificados por las mujeres:

  • Física. Empujones, rasguños, bofetadas, patadas, puñetazos etc. Es el tipo de violencia más evidente debido a las marcas, moretones o fracturas que provoca.
  • Psicológica. Insultos, gritos, humillaciones, sometimiento, manipulación y abandono emocional, entre otros. Es la violencia más común, y suele anteceder a la violencia física.
  • Sexual. Tocamientos, besos o cualquier tipo de contacto sexual no deseado. Muchas mujeres creen que es su obligación ceder ante las peticiones sexuales de su pareja, pero inclusive en el matrimonio el contacto sexual indeseado es considerado violación.

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